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Cámara ratifica multa por no votar y nuevos requisitos para el sufragio extranjero a partir de 2026

Cámara ratifica multa por no votar y nuevos requisitos para el sufragio extranjero a partir de 2026


La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley las dos iniciativas que modifican las normas electorales, referida a la multa por no concurrir a sufragar, y los nuevos requisitos para que los extranjeros puedan participar en los procesos eleccionarios de Chile.

Según se informó, la redacción final de ambos proyectos fue fruto de un acuerdo transversal alcanzado entre el Gobierno y diferentes bancadas en el Congreso.

De esta manera, se incluyó reponer la multa por no votar (rechazada en el primer trámite en la Cámara) y tramitar en forma conjunta la reforma constitucional sobre los requisitos para que extranjeros puedan sufragar en elecciones.

Respecto al primer punto, se fijó en la Ley 18.700 -orgánica constitucional de votaciones populares y escrutinios- la sanción por no cumplir con el voto obligatorio, consistente en una multa a beneficio municipal de 0,5 a 1,5 unidades tributarias mensuales, equivalentes a 34 mil a 104 mil pesos, según el valor actual de la UTM (septiembre 2025).

Además, dispone que esta sanción no será aplicable para quienes el día de la elección:

  • Estén enfermos, ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación
  • Quienes el día de la elección desempeñen funciones encomendadas por la ley de Votaciones Populares y Escrutinios
  • Ciudadanos con discapacidad que cuenten con la calificación y certificación establecida en la ley 20.422, que establece normas sobre la igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad
  • O quienes tengan otro impedimento grave que deberán acreditar ante el juez de policía local.

Esta norma -que entra en vigencia en la próxima elección de noviembre- no incluye multa a los extranjeros con derecho a voto, pues se acordó que el término ‘ciudadanos’ comprende solo a los chilenos y a los extranjeros nacionalizados.

Sobre el derecho a voto de los extranjeros, la norma aprobada estipula que aquellos «avecindados en Chile por más de 10 años ininterrumpidos podrán ejercer el derecho a sufragio», y para ello, se considerarán avecindados a partir del momento en que obtengan un permiso de residencia definitiva.

En esa línea, la propuesta indica que para efectos de esta norma electoral, durante el período de avecindamiento no deben registrar salidas del país por más de noventa días en un período de doce meses.

Finalmente, el texto aprobado establece que este último cambio se aplicará sólo a partir del año 2026. Es decir, para las próximas elecciones de noviembre de 2025 se mantiene vigente la norma que permite votar a los extranjeros luego de 5 años de obtener una residencia temporal.

El Ciudadano



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