Mañana, martes 30 de septiembre, se llevará a cabo el noveno pago mensual del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), un beneficio destinado a trabajadoras dependientes e independientes de entre 25 y 59 años que se encuentren dentro del 40% más vulnerable del Registro Social de Hogares (RSH). Este bono se puede postular en cualquier momento del año de manera online a través del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) y se distribuye en dos modalidades: mensual y anual.
El monto del BTM en su modalidad mensual se determina en función de la renta de la trabajadora. Para una renta mensual que sea igual o inferior a $294.377, el monto a recibir puede oscilar entre $1 y $44.157, aumentando a medida que la renta es mayor. Para aquellas con una renta mensual que supere los $294.377 y que sea igual o inferior a $367.971, el monto a recibir se aproxima a $44.157. En el caso de las trabajadoras con una renta mensual que supere los $367.971 e inferior a $662.348, el monto a recibir variará entre $44.157 y $1, disminuyendo conforme la renta aumenta. Los pagos mensuales representan un “adelanto” que equivale al 75% del bono, el cual se distribuye a lo largo de los 12 meses del año. El 25% restante se abona en agosto, cuando se realiza el pago en su modalidad anual.
Las beneficiarias que recibirán el pago correspondiente a septiembre son aquellas que eligieron la modalidad de pago mensual, dado que las trabajadoras que optaron por el pago anual ya han recibido la totalidad de su monto en la fecha de pago de agosto. El monto de este pago se calcula en base a la renta percibida en junio y será transferido a la CuentaRUT de la trabajadora o a otra cuenta bancaria, o bien podrá ser retirado en sucursales de BancoEstado o BancoEstado Express.
Para poder acceder al BTM, además de cumplir con el rango de edad (entre 25 y 59 años, 11 meses) y pertenecer al tramo del RSH del 40%, se deben cumplir otros requisitos. Estos incluyen acreditar una renta bruta anual inferior a $7.948.180, y si se opta por pagos mensuales, tener una remuneración bruta mensual inferior a $662.348. También es necesario estar al día en el pago de cotizaciones previsionales y de salud, no trabajar en una institución del Estado o en una empresa con participación pública superior al 50%, y no tener solicitudes pendientes como beneficiaria del Subsidio al Empleo Joven. En el caso de las trabajadoras dependientes, es necesario acreditar las rentas a través del Servicio de Impuestos Internos (SII) en el año calendario de la solicitud.