Quienes se encuentran en situación de desempleo pueden acceder a diversos beneficios estatales que ofrecen un apoyo económico significativo en momentos difíciles. Estos beneficios están diseñados para ayudar a quienes han perdido su empleo y buscan alternativas para obtener ingresos inmediatos. A continuación, se detallan las opciones disponibles para las personas cesantes, que incluyen el Fondo de Cesantía Solidario, el Subsidio de Cesantía, el Seguro de Cesantía y la Indemnización por término de contrato.
Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario es un aporte conjunto del Estado y del empleador que proporciona prestaciones a quienes se encuentran cesantes. Para poder acceder a este fondo, el beneficiario debe cumplir con ciertos requisitos, que son los siguientes:
– Estar cesante al momento de la postulación.
– No contar con fondos suficientes en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
– Tener al menos 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario durante los 24 meses previos al despido.
– Las últimas tres cotizaciones deben ser continuas y realizadas con el mismo empleador.
– Contar con un contrato que haya finalizado por diversas razones, manteniendo activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.
Subsidio de Cesantía
El Subsidio de Cesantía permite a los trabajadores que han perdido su empleo acceder a una ayuda económica mensual por un período máximo de 360 días. Para ser elegible, se deben cumplir los siguientes requisitos:
– Tener al menos 12 meses (52 semanas) de imposiciones continuas o discontinuas en cualquier régimen previsional durante los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
– Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente.
– Estar registrado como cesante en el Instituto de Previsión Social (IPS) o en una caja de compensación.
– Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
– Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2022; para contratos firmados después de esta fecha, se debe aplicar al seguro de cesantía pagado por la AFC.
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es un beneficio económico destinado a los afiliados de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que poseen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Las condiciones para acceder a este seguro son las siguientes:
– Acreditar la cesantía mediante un finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
– Para contratos indefinidos o de trabajadores de casa particular, se requieren al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral.
– Para contratos a plazo fijo, obra o servicio determinado, se necesitan 5 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
– Las cotizaciones se cuentan desde el último período con acceso al beneficio o, si es la primera solicitud, desde la afiliación al seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
– Los retiros se realizan de manera gradual según el tiempo de desempleo.
Indemnización por término de contrato
La Indemnización por término de contrato es la última ayuda disponible y actúa como un complemento o reemplazo de la indemnización legal por años de servicio. Esta indemnización se puede acordar con el empleador después de haber trabajado durante siete años. Se trata de una opción flexible y sencilla para recibir asistencia económica en caso de cesantía.