Los afiliados a las Instituciones de Salud Previsional (Isapres) que generan excedentes de cotización deben estar atentos a los plazos y procedimientos para su devolución anual. Cada año, aquellos cuyos aportes obligatorios del 7% superan el costo de su plan médico tienen derecho a recibir estos excedentes, que deben ser notificados y devueltos bajo ciertas condiciones establecidas por la Superintendencia de Salud.
La devolución de los excedentes puede realizarse de manera automática o mediante retiro personal, dependiendo del monto acumulado. Según la normativa vigente, si el excedente es inferior a 0,08 UF (Unidad de Fomento), la Isapre debe informar a sus afiliados sobre la opción de retirar el monto en sus oficinas o a través de su sitio web. Por otro lado, si el excedente supera este umbral, la devolución se efectúa automáticamente mediante transferencias electrónicas, vales vista o cheques nominativos.
Los afiliados pueden utilizar estos excedentes en una variedad de servicios médicos adicionales, en la compra de medicamentos en farmacias asociadas o en bonos de protección de salud durante el año en que se generan. Las Isapres tienen como plazo hasta el último día hábil de enero para realizar la devolución de los excedentes acumulados hasta el 31 de diciembre del año anterior.
Instituciones como Esencial, Isalud, Consalud, Banmédica, Vida Tres, Cruz Blanca, Nueva Masvida, Fundación y Colmena llevarán a cabo este proceso de devolución en un rango de fechas que va del 17 al 31 de enero. Para más información sobre la consulta y el retiro de excedentes, los afiliados pueden dirigirse a las sucursales virtuales y oficinas de las Isapres, según lo indicado por ChileAtiende.



