Fisco deberá pagar  millones a víctima de Cerro Navia
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Fisco deberá pagar $50 millones a víctima de Cerro Navia


El Fisco de Chile deberá pagar una indemnización de $50 millones por concepto de daño moral a una víctima de la dictadura de Augusto Pinochet, que a sus 16 años perdió la visión de su ojo derecho.

El hecho se produjo en 1986, cuando A.E.O.Q. resultó impactado por balines de plomo disparados por patrulla militar, en el momento en que se disponía a cerrar la puerta del antejardín de su domicilio ubicado en la comuna de Cerro Navia.

En su fallo, el juez Wilson Rodríguez Rodríguez, del Primer Juzgado Civil de Santiago, rechazó las excepciones de reparación integral y prescripción extintiva de la acción indemnizatoria opuestas por el Fisco, tras establecer que A.E.O.Q. fue víctima de un crimen de lesa humanidad, imprescriptible tanto en sede penal como civil.

“El daño experimentado por el demandante consistente en la pérdida de la visión del ojo derecho solo se puede enmarcar dentro del ‘daño moral’, por lo que resulta plausible entonces acoger la demanda, y tal circunstancia conlleva a determinar el monto de los perjuicios que las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos sufrieron en el régimen militar. Ello es una cuestión de ponderación y valoración que se le impone al tribunal, con el objeto de establecer y precisar los daños y aflicción, mismos que son posibles de presumir fundadamente en el caso particular, pues fluyen de los hechos reseñados”, planteó la resolución.

Para poder determinar el quantum indemnizatorio, el tribunal consideró como aspectos relevantes las siguientes circunstancias: «(a) que el demandante detenta la calidad de Prisionero Político y Torturado, tenía 16 años de edad a la época de los hechos, era menor de edad; (b) si bien no estuvo detenido ilegalmente, el tipo de lesión que experimentó a su corta edad, la pérdida de la visión del ojo derecho fue una lesión grave que lo mantuvo 15 días hospitalizados, de carácter permanente e irreversible; (d) que ha recibido pensiones de reparación por parte del Estado por estos lamentables hechos”.

Tras evaluar todos estos antecedentes, el Primer Juzgado Civil de Santiago determinó que la indemnización de perjuicios, por daño moral, que deberá pagar el Estado al demandante, en su calidad de víctima de violación a sus derechos fundamentales», será de 50 millones de pesos , «la que se estima justa y equitativa, considerando que el actor es beneficiario de las leyes de reparación antes indicadas».

“El monto indemnizatorio fijado, deberá pagarse debidamente reajustado desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada; más los intereses corrientes para operaciones de crédito de dinero no reajustables desde que el Fisco incurra en mora en los términos establecidos en el artículo 752 del Código de Procedimiento Civil”, ordenó.

“Que los demás documentos acompañados en nada alteran lo que viene decidido”, concluyó el fallo.

Pérdida de la visión a los 16 años

De acuerdo con los antecedentes publicados en el fallo, el 2 de julio de 1986, cerca de las 20:30 horas, A.E.O.Q., entonces de 16 años se encontraba en su domicilio ubicado en calle Luis Lazzarini, comuna de Cerro Navia. Su padre lo envió a cerrar la puerta del antejardín de su casa, sector donde había una patrulla militar.

Cuando el entonces adolescente se encontraba en el antejardín, la patrulla disparó en su dirección una ráfaga de balines de plomo, impactándolo en su rostro, ojo y tórax. En total, su cuerpo fue alcanzado por 8 disparos.

Uno de los disparos le sacó el glóbulo ocular y no podía respirar por el balín alojado en su pecho. La familia le pidió ayuda y permiso a la patrulla para llevarlo a un centro asistencial, pero esta se lo negó y le dijeron: “Pídele ayuda a Allende”.

Posteriormente, llegaron a una bomba de bencina desde donde lograron pedir una ambulancia y fue trasladado a la Posta 3. Allí no pudo ser atendido porque el balín en el pecho afectaba su respiración, por lo que fue derivado a la Posta Central, donde permaneció hospitalizado durante 15 días.

A.E.O.Q. perdió la visión y el ojo, y el balín que se alojó en su cerebro no pudo ser extraído. Tuvo que ser sometido a cirugías para reconstruir su rostro.

Estos hechos generaron en el joven 16 años, retraimiento social. La pérdida del ojo lo dejó minusválido de por vida y significó la pérdida de oportunidades de una vida que recién comenzaba, debido a la violencia de la represión imperante durante la dictadura cívico-militar.

Según el fallo, declaró ante la Comisión Asesora Presidencial para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura (Comisión Valech), que los hechos referidos «limitaron sustantivamente el pleno desarrollo de sus potencialidades, con consecuentes impactos en la dimensión moral, psicológica y física».

 Ver fallo de Primera Instancia