apoyo económico automático para familias en el Subsistema de Protección Social
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apoyo económico automático para familias en el Subsistema de Protección Social


El Bono de Protección, también conocido como Bono Dueña de Casa, es un aporte económico destinado a las familias y personas que son usuarias del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades. Este beneficio, que no requiere de un proceso de postulación, se entrega por un periodo de 24 meses, con montos que varían a lo largo del tiempo y se depositan directamente en la Cuenta RUT.

El principal requisito para acceder a este bono es haber aceptado la invitación para participar en uno de los programas del subsistema, tales como Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos. Esta aceptación se formaliza mediante la firma de una carta de compromiso y un plan de intervención.

Los beneficiarios del Bono de Protección son asignados de manera automática a quienes forman parte del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades y cumplen con los requisitos de participación. Es importante señalar que no se puede postular a este bono. La gestión de los pagos se activa una vez que la persona o familia firma la documentación correspondiente, y las transferencias se realizan en fechas cercanas a las primeras sesiones de acompañamiento psicosocial. El dinero es depositado en la Cuenta RUT de BancoEstado. En caso de que el beneficiario no posea una Cuenta RUT, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia se encarga de abrir una sin costo para el usuario.

En cuanto a los montos y el orden de prioridad, los montos del Bono de Protección se ajustan a lo largo de los dos años de entrega, de acuerdo a la siguiente estructura:
– Mes 1 al 6: $22.674
– Mes 7 al 12: $17.256
– Mes 13 al 18: $11.864
– Mes 19 al 24: $20.328 (corresponde al monto del Subsidio Familiar, SUF)

La ley establece un orden de prioridad para determinar quién recibe el pago dentro de la familia:
– **Prioridad 1**: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez/discapacidad mental.
– **Prioridad 2**: Mujer mayor de 18 años que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
– **Prioridad 3**: Mujer mayor de 18 años que sea dueña de casa.
– **Prioridad 4**: Si no hay mujeres que cumplan los criterios anteriores, el pago se realiza al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
– **Prioridad 5**: De no cumplirse lo anterior, lo recibe cualquier mujer mayor de 18 años. Si no hay, cualquier hombre mayor de 18 años.
– **Prioridad 6**: Finalmente, la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a un menor de 18 años.

Para verificar si eres beneficiario, el Instituto de Previsión Social (IPS) tiene habilitada una plataforma de consulta. Solo debes seguir estos pasos:
1. Ingresar al sitio web persona.ipsenlinea.cl.
2. Digitar tu RUT y hacer clic en «Ingresar».

El sistema informará de inmediato si tienes pagos del Bono de Protección disponibles. Es importante destacar que existe un plazo de seis meses para cobrar el beneficio en modalidad presencial; de lo contrario, se entiende que la persona renuncia a él.